
AYUDA LEGAL DE LOS
DEFENSORES DE LOS TRABAJADORES DE CALIFORNIA
PREGUNTAS FRECUENTES sobre las prestaciones de indemnizacion
de trabajadores incapacitados y compensacion al trabajador lastimado
en California
1. QUE ES LA INDEMNIZACION DE TRABAJADORES O COMPENSACION AL
TRABAJADOR?Si Usted
sufre una lesion o enfermedad en el trabajo, o sea accidente
industrial o enfermedad ocupacional, su empleador debe
proporcionarle prestaciones de indemnizacion de trabajadores, segun
las leyes laborales de California. Usted podria lastimarse de las
siguientes formas:
- Un evento especifico en el
trabajo. Por ejemplo, una lesion en la espalda debida a una caida
o por levantar algo muy pesado, o una quemadura con una sustancia
quimica que le salpica la piel, o lesions industriales causadas
por un accidente de automovil al hacer una entrega de productos.,
etc.
- O bien, exposiciones repetidas
en el trabajo. Por ejemplo, una lesion en la muneca por repetir el
mismo movimiento una vez tras otra, o perder la audicion debido a
la presencia constante de ruidos.
2) QUE SON LAS PRESTACIONES PARA
EL TRABAJADOR INCAPACITADO?
>Atencion Medica: Pagada totalmente por el empleador para ayudarle
recuperarse de un accidente laboral o enfermedad ocupacional.
>Prestaciones temporales de incapacidades (incapacidad temporal):
Son pagos que usted recibe si pierde su salario porque no puede
desempenar su trabajo acostumbrado mientras se recupera. Como regla
general, Usted recibira dos terceros del salario bruto (antes de
pagar impuestos) que ganaba antes de su accidente industrial.
>Prestaciones permanentes de incapacidades (incapacidad permanente)
Son pagos que usted recibira si el medico que lo atiende dice que
usted nunca se recupera completamente del accidente laboral que
sufrio y que siempre tendra ciertas limitaciones para desempenar su
trabajo.
>Rehabilitacion Vocacional: Si el medico que lo atiende dice que
usted no puede regresar al mismo trabajo que hacia antes de su
accidente de trabajo, las leyes laborales de California permiten que
usted reciba entrenamiento para aprender desempenar otro uficio mas
liviano. El programa sera pagado por la compania de seguros, la
aseguranza de su empleador que cubre accidentes de trabajo. La ley
laboral obliga que su empleador tenga aseguranza para compensacion
de trabajadores. La rehabilitacion vocacional es uno de los
beneficios laborales mas importantes.
3) PUEDO ELIGIR EL MEDICO QUE ME
ATENDERA?
Es muy importante que usted y su abogado elige el medico que le de
tratamiento para sus lastimaduras industriales. No es buena idea
dejar su tratamiento medico en las manos de su empleador o su
compania de seguros. El doctor eligido decidira el tipo de atencion
medica que usted recibira. El determinara cuando puede regresar a
trabajar y que trabajo puede hacer. Tambien el preparara los
informes medicos que afectaran la compensacion al trabajador que
usted recibira para su accidente del trabajo.
4)QUE PASA SI NO TENGO PAPELES
VERDADEROS PARA TRABAJAR AQUI LEGALMENTE? TENGO DERECHOS LEGALES?
Si, usted tiene derechos! Esta protegido por las leyes laborales
y la ley anti–discriminatoria del estado de California.
Frequentemente los trabajadores incapacitados que se han enfermado o
lastimado en el trabajo tienen preocipaciones referente a sus
beneficios laborales, especialmente si no son residentes legales. No
se preocupe! El bufete de abogados, Nielsen Law Group, tienen
mucha experiencia en estos asuntos. Somos los defensores de derechos
laborales para TODOS los trabajadores de California.
5) YO SE QUE NECESITO AYUDA
LEGAL, PERO NO TENGO DINERO. QUIEN PAGARA A MI ABOGADO? No se
preocupe. Los honorarios del abogado o de la abogada no se pagan
hasta que se concluye el caso. Y no cobramos so no ganamos. Los
defensores del bufete de abogados, Nielsen Law Group, estamos aqui
para ayudarles!
LLAME AHORA MISMO PARA SU CONSULTA GRATUITA! Llame gratis a
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